RESOLUCIÓN Nº 151/2025

SANTA ROSA, 22  de julio de 2025

     

VISTO:

 

           El Expediente Nº 126/2025-caratulado: “DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD - DIRECCIÓN PRINCIPAL DE CONTADURIA -S/ADQUISICIÓN INDUMENTARIA P/PERSONAL PROFESIONAL DE LA REPARTICION”, y;

 

CONSIDERANDO:

 

    Que en las presentes tramita la Licitación Pública N° 04/25 de la DPV, que tiene por objeto la adquisición de indumentaria para personal profesional de la repartición destinada a tres (3) personas quienes se desempeñan como Presidente, Ingeniero Jefe y Director principal de Asuntos Legales, aprobado el llamado por Resolución de Directorio N° 196/2025, con encuadre en el artículo 33 de la Ley N° 3 de Contabilidad y sus modificatorias, Decreto Acuerdo N° 470/73 y sus modificatorias;

 

    Que la Contraloría Fiscal emitió Providencia N° 011/25-CK-, y reingresado el expediente, a través del Dictamen N° 72/2025 –CK- no se conforma el trámite, por considerar que “…no se ha brindado explicación que permita justificar la compra de indumentaria y calzado encuadrada en un acuerdo paritario que alcanza a sujetos excluidos expresamente de la aplicación de la normativa de negociaciones  paritarias de la Administración Pública Provincial, según lo establece la Ley N° 2702  en su artículo  2° inciso f)”;  

 

    Que se elevan las actuaciones al Tribunal de Cuentas según lo establecido por el artículo 4º del Decreto Ley Nº 513/69;

 

    Que de manera previa a resolver, se procedió a suspender el plazo establecido en el artículo 2° del   Decreto Ley N° 513/69 y a requerir a la Secretaría de Trabajo y Promoción de Empleo, se expida respecto la inclusión en el acuerdo homologado por Resolución N° 180/24, de personal excluido de la aplicación de la normativa de negociaciones paritarias de la Administración Pública Provincial, según lo establecido en el art. 2 inc.  f) de la Ley N° 2702, además de que informe respecto de la publicación en el Boletín Oficial de la mencionada Resolución;

 

    Que el Secretario de Trabajo y Promoción del Empleo da respuesta conforme a la constancia obrante a fojas 77, en la cual expone la metodología de trabajo relativa a la homologación de los acuerdos alcanzados por las distintas comisiones negociadoras paritarias;

 

    Que respecto el acuerdo presentado por la Comisión Negociadora Sectorial de los trabajadores de Vialidad Provincial, de fecha 4 de noviembre del año 2024, y homologado por esa Secretaría mediante Resolución N° 180/24 indica que “entendemos que no correspondía incorporar al personal profesional (Presidente, Ingeniero Jefe y Director principal de Asuntos Legales) en el presente acuerdo  ya que tal como narra la norma son sujetos excluidos expresamente de la aplicación de la normativa de negociaciones paritarias de la Administración Pública Provincial (art. 2 inc f de la Ley N° 2702)”;

 

    Que, en consecuencia, y por lo expuesto en las intervenciones realizadas por la Contraloría Fiscal —las cuales este Tribunal de Cuentas comparte en todos sus términos—, y en particular por lo informado por el señor Secretario de Trabajo y Promoción del Empleo, corresponde rechazar el proyecto de decreto, así como las Órdenes de Provisión de Bienes y/o Servicios sometidas a intervención;

 

POR ELLO:                                                                        

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

 

R E S U E L V E:

   

 

Artículo 1º: Rechazar el proyecto de Decreto y las Ordenes de Provisión de Bienes y/o Servicios N° 232705/232708, obrantes a fs. 360/361 y 340/351 respectivamente del Expediente Nº 126/2025 - caratulado: “DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD - DIRECCION PRINCIPAL DE CONTADURIA -S/ADQUISICIÓN INDUMENTARIA P/PERSONAL PROFESIONAL DE LA REPARTICION”, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

 

Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones al titular del Poder Ejecutivo Provincial en los términos del artículo 6º del Decreto Ley Nº 513/69.

 

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.